TRASLADO DE MATRÍCULA VIVA
El traslado de matrícula viva se puede realizar en caso de que el alumno se encuentre matriculado en alguna EOI.
Se puede solicitar hasta el final del 2º trimestre.
La EOI sólo admitirá traslados de matrícula de otras Escuelas si hay plazas disponibles en el idioma y curso solicitado.
Los traslados de matrícula viva dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía deben ser autorizados:
- En el primer trimestre, por la Dirección del centro receptor.
- En el segundo trimestre, por el Delegado/a provincial (cuando el traslado es en la misma provincia) o por la persona titular de la Dirección General competente en materia de enseñanzas de idiomas, cuando se produzcan entre provincias distintas, siendo preceptivo el informe del correspondiente Servicio Provincial de Inspección de Educación de la escuela de destino, en ambos casos.
Los traslados de matrícula viva que se soliciten desde centros de otras Comunidades Autónomas deben ser autorizados:
-
por la persona titular de la Dirección General competente en materia de enseñanzas de idiomas, siendo preceptivo el informe del correspondiente Servicio Provincial de Inspección de Educación. En este caso, se deberán abonar las tasas establecidas para la Comunidad Autónoma de Andalucía.
No se podrán autorizar traslados de matrícula en el tercer trimestre del curso académico.
Puede tramitar el traslado en nuestra Secretaría del centro o a través de la Secretaría Virtual de los Centros Docentes Andaluces.
Documentación a aportar:
- impreso de traslado
- copia de DNI
- certificación académica expedida por el centro de origen (en caso de traslado desde otra comunidad autónoma).